Desde 2019, se ha producido un boom de solicitudes de proyectos de energías renovables centrados en la creación de macroplantas para producir energía fotovoltaica y eólica (…) han surgido “guerras” tras la ocupación por parte de grandes complejos energéticos de suelos con elevado valor agronómico, sobre todo cuando son altamente productivos y si se trata de tierras de regadío. (…) Ya son numerosas las plataformas ciudadanas que reclaman una implantación de energías renovables “respetuosa” con el territorio. (…) debemos sumar a los estudios de impacto ambiental y territorial la participación ciudadana, un análisis de las opiniones de la sociedad que acogerá esas instalaciones.
Desde 2019, se ha producido un boom de solicitudes de proyectos de energías renovables centrados en la creación de macroplantas para producir energía fotovoltaica y eólica, sin embargo, en ocasiones, se ha comprobado que algunos no son viables desde el punto de vista socioambiental. Son comunes los conflictos por los usos de suelo cuando se proyectan instalaciones de energías renovables sin participación pública.
En los últimos meses, han surgido “guerras” tras la ocupación por parte de grandes complejos energéticos de suelos con elevado valor agronómico, sobre todo cuando son altamente productivos y si se trata de tierras de regadío.
La Pandemia de Covid-19 ya puso de manifiesto lo importante y necesario que es tener relativamente cerca y asegurada la producción de alimentos básicos. La dependencia de alimentos procedentes de lugares lejanos provoca grandes riesgos, tanto por los movimientos en el precio del petróleo como por cualquier conflicto político-militar-territorial que se pueda generar. Por ejemplo, lo sucedido con el cereal de Ucrania, cuando en España hay miles de hectáreas que no se cultivan porque no pueden competir en precio. Los suelos que durante miles de años han alimentado a las distintas sociedades se deben de respetar.
Algunos gobiernos autonómicos están limitando en sus territorios la implantación de parques eólicos o fotovoltaicos (excluido el autoconsumo) con leyes que prohíben ubicarlos en tierras donde hay cultivos de regadío. Castilla y León se sumó a una prohibición expresa que existía ya en Extremadura desde 2021 (diario 20minutos, 28.10.2023). También en Castilla-La Mancha y en Aragón se contempla que un cultivo de regadío puede ser motivo para que un proyecto renovable no obtenga una calificación positiva en la declaración de evaluación ambiental.
Por el contrario, son más las comunidades autónomas que no tienen en cuenta el tipo de cultivo o el terreno para el despliegue de renovables, más allá de que cumplan con los requisitos mínimos para tener una evaluación de impacto ambiental positiva. Así ocurre en Murcia o en Andalucía, otra de las comunidades con mayor presencia de renovables.

Ya son numerosas las plataformas ciudadanas que reclaman una implantación de energías renovables “respetuosa” con el territorio. En Andalucía, por ejemplo, Alianza Energía y Desarrollo (Aliente) denunció hace ya tiempo que se estaban arrancado olivares en Málaga y Córdoba para poner instalaciones fotovoltaicas.
Vista aérea de un olivar en los que numerosos árboles son arrancados para instalar una de las plantas proyectadas de energía solar fotovoltaica en Cartaojal (Málaga).
Fuente: diario El País, Sevilla, 20.09.2022.
En la Región de Murcia, también recientemente, ha habido manifestaciones en ese sentido. Por ejemplo, en Puerto Lumbreras (abril de 2024), cerca de mil personas y doscientos vehículos se concentraron para «decir alto y claro que Puerto Lumbreras no se vende y dice no a las plantas fotovoltaicas instaladas en zonas regadío (la instalación proyectada «destrozaría el perímetro regable, que ya ha recibido una subvención para la modernización de los sistemas de riego, y que está declarada de interés público por el Estado».
De ahí, quizá, la cada vez mayor explotación de energía solar fotovoltaica flotante, de la que el Sudeste Asiático es referente mundial, para el aprovechamiento de los embalses de agua para riego.
Recientemente, se ha publicado el RD. 662/2024, de 9 de julio (BOE 1 de agosto de 2024), por el que se establece el régimen al que ha de estar sometida la instalación de las plantas fotovoltaicas flotantes en los embalses situados en el dominio público hidráulico en las cuencas hidrográficas cuya gestión corresponde a la Administración General del Estado, y por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.
En definitiva, los conflictos por los usos del suelo son cada vez más frecuentes. Desde el Proyecto STEP trabajamos en la generación de cartografías y análisis multicriterio para conocer la adecuación y aptitud de las tierras que podrían acoger instalaciones productoras de energías renovables; pero no basta, debemos sumar a los estudios de impacto ambiental y territorial la participación ciudadana, un análisis de las opiniones de la sociedad que acogerá esas instalaciones.